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Comparador para Tramitación de Herencias 2024

Comparamos los mejores bufetes de tramitación de herencias

¿Cómo obtenemos información de los mejores bufetes de tramitación de herencias?

Realizamos un análisis exhaustivo de los bufetes de abogados especializados en tramitación de herencias y valoramos la experiencia de los mismos, los casos de éxito con los que cuentan y el nivel de satisfacción de sus clientes. Valoramos de forma positiva aquellos bufetes que han trabajado casos difíciles de tramitación de herencias.

Preguntas Frecuentes sobre los trámites de herencia

Para tramitar una herencia se necesita documentación básica como:

  • DNI de todos los herederos.
  • DNI de la persona fallecida.
  • Testamento (en caso de haberlo).
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Fotocopia de vivienda o viviendas a heredar.
  • Certificado bancario de saldos
  • Certificado de seguros de vida

 

Además, puede que debas aportar:

  • Impuesto de sucesiones pagado (Modelo 660-650)
  • Impuesto de plusvalía pagado.
  • Inscripción catastral
  • Inscripción en el registro de la propiedad.

Cada herencia es diferente, así como las situaciones familiares. Todo es más fácil cuando existe un acuerdo entre los herederos. En los casos donde no exista acuerdo, será más difícil el proceso.

Las herencias tributan a través del Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones. Generalmente, las herencias no tributan en la declaración de la renta, ya que se abona dicho impuesto (o en su defecto el de plusvalía municipal), por lo que la ganancia patrimonial ya se está tributando a la Agencia Tributaria.

El coste de una tramitación de herencias variará de acuerdo a las condiciones: si existe testamento o no, si se debe hacer una reclamación de la herencia, si hay que dividirla o impugnarla, entre otros factores. La cuantía de la herencia también puede influir en el coste del trámite.

Gestiones básicas pueden partir de los 2.000 euros y puede llegar hasta los 7.000 euros o más. Estos son precios que pueden ser generales, pero lo mejor es consultar cada caso en particular.

Aquí podemos hablar de dos tiempos o plazos principales:

  • Se cuenta con un plazo de 6 meses para liquidar los impuestos relacionados con una herencia: Impuesto de Sucesiones.
  • Se cuenta con u plazo de 30 años para aceptar o repudiar una herencia.

Pero no debemos confiarnos porque hay varios trámites que necesitamos realizar durante los primeros 30 días posteriores al fallecimiento e impuestos que pagar que no podemos pasar por alto. Lo mejor es consultar con un experto.

Si no se reclama en el tiempo establecido, se entenderá que no está interesado en la herencia. Cuando nadie reclame la herencia de una persona, la legislación establece que la heredará el Estado.

Pueden presentar la solicitud de prórroga los herederos, el albacea o los administradores del caudal relicto.

 

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