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Complemento a la pensión mínima

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La renta de jubilación es, en muchos casos, el único soporte que tienen las personas mayores. Pero un buen porcentaje de la población no la recibe completa.

Con el ánimo de paliar esta situación, el Gobierno ha instaurado el complemento a la pensión mínima, del cual te hablaremos a continuación.

¿Qué son los complementos a mínimos de las pensiones?

Debido a múltiples circunstancias, algunas personas no devengan el mínimo establecido por ley para la pensión.

Recordemos que la ley establece un mínimo vital al que tiene derecho el pensionista para su manutención al momento del retiro laboral. La cifra puede variar dependiendo de factores como su responsabilidad en el hogar, si su cónyuge depende financieramente y hasta el número de hijos.

Por ejemplo, para aquellos pensionistas que son responsables económicamente de sus cónyuges, la pensión mínima está estipulada en 890 euros mensuales. Y quienes no lo tienen a cargo, la pensión se halla establecida en 721 euros mensuales.

Dado todo lo anterior, se puede decir que el complemento a mínimos es una adición en dinero, efectuada sobre las pensiones, que se hace con el fin de lograr el mínimo establecido por ley. Su regulación se encuentra más detallada en el artículo 59 de la Ley general de la Seguridad Social.

¿Cuánto es el complemento a mínimos 2023?

Se espera que en el 2023 se presente una subida del 8.5%, lo que representaría que la pensión mínima con cónyuge a cargo se sitúe en 965 euros aproximadamente. Es decir, se daría una subida de entre 70 y 75 euros más.

Esta cifra es importante para los ajustes de los complementos a mínimos, ya que estos se conciben desde los montos expresados por la ley para las pensiones generales.

Pero cuidado: las cifras pueden variar de acuerdo a lo que se establezca finalmente desde el Gobierno, aunque muchos analistas consideran que sí rondará el 8,5%.

¿Qué jubilados pueden solicitar el nuevo complemento de la pensión mensual?

Son aptos para reclamar el complemento todos aquellos pensionistas que no lograron tener una paga de jubilación completa, especialmente para aquellos que no cotizaron el tiempo requerido a la Seguridad Social.

Aun con el complemento, es de señalar que los aportantes a pensiones contributivas tendrán más ingresos que quienes reciben la renta de una pensión no contributiva. Esto con el fin de mantener el equilibrio e incentivar a la población a realizar las cotizaciones debidas.

Requisitos para solicitar el complemento para pensiones mínimas

Un requisito fundamental para obtener el complemento es residir en territorio español. Para esto, la ley ha determinado que es residente aquel que no se ausenta de los límites nacionales por un periodo mayor a 90 días.

Otro aspecto importante a cumplir es el hecho de no recibir capitales o ingresos adicionales que superen el monto de 7.939 euros al año, o de 9.260 euros en el mismo periodo de tiempo, para quienes tienen a su cónyuge a cargo.

¿Cómo solicitar el complemento de pensión?

Las solicitudes se realizan ante el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), de forma presencial, o mediante el sitio web, en la sección de trámites y servicios, a la cual se puede acceder directamente en este enlace.

Allí será necesario aportar la información y los formatos, anexando toda la documentación pertinente a ingresos y ganancias ocasionales.

¿Cómo se calcula el complemento a mínimos?

como se calcula el complemento a minimos

Como bien se ha mencionado, el complemento se otorga con el fin de alcanzar la cifra mínima establecida por ley para las pensiones. Por lo tanto, para su cálculo, lo primero a tener en cuenta es justamente esa cantidad: el monto establecido para pensión.

Acto seguido, se debe tener claridad sobre las cantidades  obtenidas al año por concepto de rentas, ingresos adicionales o ganancias patrimoniales.

Ahora, se debe tener en cuenta el valor percibido por la pensión, que puede variar, dependiendo si es una pensión de viudedad, de invalidez, no contributiva, etc.

Si la suma de las rentas adicionales más la pensión (los dos puntos tratados anteriormente) es inferior a la cantidad máxima de ingresos para los pensionistas, se tiene derecho a recibir el complemento, que será equivalente a la diferencia de estas dos cantidades. Esto puede quedar más claro con el siguiente ejemplo:

Si un pensionista sin responsabilidad sobre cónyuge devenga 6.000 euros anuales por pensión (14 pagas de 429 euros) y 3.000 euros anuales adicionales por ingresos extras, juntos sumarían un total de 9.000 euros al año.

Esta cifra total es inferior al máximo permitido de ingresos más el monto establecido por pensión sin cónyuge, es decir, 7.638 euros y 7.939 euros respectivamente, que ambos reunidos suman 15.577. Por lo tanto, se otorgará el complemento.

Dado que ya recibe 429 euros mensuales de pensión y el máximo permitido por sus condiciones es de 721 euros al mes, se dará por complemento esta diferencia, es decir, 292 euros.

El complemento a mínimos: ¿Es Vitalicio?

Estos complementos no son de carácter vitalicio, ya que, en el momento de recibir mayores ingresos o rentas, se anulará el beneficio.

¿Por qué me pueden quitar el complemento a mínimos?

Este complemento puede perderse cuando se detecten que los ingresos son superiores a los límites establecidos por ley o cuando el beneficiario se ausente del territorio nacional por un periodo superior a los tres meses sin una justificación de enfermedad o fuerza mayor.

Con toda la información aquí descrita, se puede decir que el complemento a mínimos es un beneficio otorgado a aquellas pensiones que no alcanzan el monto suficiente establecido por ley. Su regulación está basada en los ingresos y rentas, además de la dependencia, o no, del cónyuge.

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