Fallecer es tan seguro como nacer, desde que vamos siendo conscientes de nuestra propia vida sabemos que un día terminará y por eso debemos aprovechar cada día para aprender, divertirnos y compartir con quienes queremos, pero también para prepararnos para ese momento que tarde o temprano llegará.
Por eso en esta ocasión te hablaremos de que el seguro de vida cubre la muerte natural, para que sepas cómo con este estarás más tranquilo y no te liarás pensando en qué pasará con tus seres queridos y, por el contrario, disfrutes tu tiempo con ellos sabiendo que será menos complicada tu partida si ya tienes un plan para protegerlos económicamente.
¿Qué se considera muerte natural en un seguro de vida?
Existen diferentes situaciones que pueden llevar al fallecimiento de una persona, pero en este artículo nos concentraremos en la muerte natural, que en el ámbito de los seguros de vida se refiere a esa que es imprevista o surge por causas naturales o alguna enfermedad que se produzca sin la intervención directa de la misma persona, un tercero, algún factor externo o un accidente.
Exclusiones de los seguros de vida
Si contratamos un seguro de vida debemos tener claro que estos también tienen exclusiones, o sea que no cubren todas las causas de muerte y no podrá ser cobrado por los beneficiarios si mueres en alguno de esos escenarios, como por ejemplo:
- Suicidio: Esta es una de las causas de muerte que la mayoría de los seguros de vida no cubren, ya que ha sido provocada de manera consciente y voluntaria por la persona. Sin embargo, algunas aseguradoras sí entregan la indemnización aunque el fallecimiento se diera por este motivo, siempre y cuando haya pasado el periodo de carencia, que suele ser de un año.
- Rehabilitación y aumento de capital: Si ya tenías un seguro de vida que habías cancelado y decides reactivar la póliza, o tienes la intención de ampliar el capital asegurado, también tendrá que pasar un año para que se haga efectivo; de lo contrario, la compañía sólo le entregará a tus beneficiarios el monto por el que antes estabas cubierto.
- Actos imprudentes: Si mueres en medio de accidentes o situaciones producidas por consumir bebidas alcohólicas o drogas ilegales, ser imprudente o cometer negligencia grave, o participar en peleas o actos delictivos, el seguro de vida no cubrirá tu fallecimiento o invalidez.
- Accidentes de tráfico: Las muertes por accidente de tráfico no están cubiertas si se producen por la imprudencia o la intención del asegurado o sus beneficiarios, tampoco si estabas bajo los efectos del alcohol u otra droga.
- Deportes o actividades de riesgo: Si mueres o quedas en situación de invalidez por la práctica de deportes o actividades de alto riesgo, las aseguradoras generalmente no entregan la indemnización. Por eso, si las llevas a cabo regularmente lo mejor es contratar seguros más específicos para prácticas de riesgo elevado.
- Muerte ocasionada por el beneficiario: Los seguros de vida no cubren las muertes ocasionadas de manera consciente y voluntaria por el beneficiario de la póliza.
- Accidente aéreo: Las muertes en medio de accidentes aéreos solo son cubiertas por las aseguradoras si viajabas como pasajero en vuelos chárter o en líneas comerciales autorizadas para ello. O sea, que no contemplan los siniestros producto de descenso en parapente, paracaídas o actividades similares.
¿En qué se diferencia un seguro de vida y un seguro de decesos?
Los seguros de vida tienen diferencias con los de decesos, que principalmente en que el primero se contrata para dejar un capital a los beneficiarios y así cubrir los ingresos que tú aportabas mientras vivías. El seguro de muerte o decesos está pensado para que tus familiares puedan hacerse cargo de los gastos de entierro, los servicios funerarios y la documentación relacionada.
Además, los seguros de decesos son más fáciles de adquirir, ya que no suelen tener un límite de edad o una revisión médica para contratarlos. A diferencia de los seguros de vida, con los que te sometes a una valoración, porque tienen restricciones por qué etapa de la vida estás o tu estado de salud.
Para concluir, recuerda que los seguros de vida son esos productos que te permiten dejar un capital asegurado para que sea entregado a tus beneficiarios cuando mueras o puedas echar mano de este en una situación de invalidez, incapacidad o enfermedad que reduzca tus ingresos.
No obstante, estos productos no cubren todas las causas de muerte, pues se excluyen los fallecimientos por suicidios (pero algunas compañías los contemplan, siempre y cuando haya pasado el periodo de carencia), accidentes de tráfico, actos imprudentes, la práctica de deportes o actividades de alto riesgo, accidentes aéreos que no eran chárter o en líneas comerciales autorizadas para el transporte de pasajeros o los decesos ocasionados por el beneficiario del seguro.
Estos se diferencian de los seguros de decesos porque los de muerte están diseñados para cubrir los gastos funerarios, el entierro y demás trámites relacionados, además de que son más fáciles de adquirir porque no tienen condiciones como un límite de edad y excluyen ciertas enfermedades (como sí pasa con los seguros de vida).
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