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¿Qué ocurre con la pensión de viudedad si los cónyuges llevan más de 10 años separados?

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¿Qué ocurre con la pensión de viudedad si los cónyuges llevaban separados más de 10 años? Te lo contamos todo en detalle en este artículo. ¡Entra ahora!

Cuando una persona muere quedan abiertas ciertas incógnitas sobre qué pasará con las rentas que se producen con su fallecimiento. Si tu ex es el fallecido sin duda tendrás más dudas al respecto, así que en esta entrada abordaremos una pregunta habitual: ¿qué ocurre con la pensión de viudedad si los cónyuges llevan más de 10 años separados? 

Si la separación es anterior al 1 de enero de 2008

Si la pareja se separó  antes del 1 de enero de 2008, se establecen como requisitos que entre la fecha del divorcio o separación judicial y la del fallecimiento, por el que recibirías la pensión de viudedad, no hayan transcurrido más de 10 años. 

También es necesario que el cónyuge superviviente no se haya vuelto a casar o a tener una pareja de hecho, que el matrimonio hubiera durado, al menos,  10 años y que haya hijos en común. Adicionalmente, debes tener más de 50 años cuando muera el causante de la pensión. 

Si no cuentas con la pensión compensatoria y no cumples con los otros requisitos, la podrías recibir si tienes 65 años de edad o más, no tienes derecho a otra pensión pública y si el matrimonio no fue inferior a los 15 años. 

Si la separación ocurrió entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009

En caso de que se separaran entre esas fechas deberás demostrar que no te volviste  a casar o a formar una pareja de hecho y que tienes reconocida una pensión compensatoria para que puedas recibir la de viudez. 

Si la separación se tramitó después del 1 de enero de 2010

¿La separación fue después de esa fecha? Debes cumplir con los requisitos de no haber vuelto a casarte o a tener una pareja de hecho, recibir la pensión compensatoria y esta se extinga con la muerte de tu ex. 

Si no cumples con el requisito de la pensión compensatoria puedes percibir la pensión de viudedad si acreditas que eras víctima de violencia de género cuando te separaste, sea mediante sentencia firme o porque se archivó el procedimiento por el fallecimiento de tu ex. En el mismo sentido, la orden de protección dictada a tu favor, o el informe del Ministerio Fiscal, te servirán para tal objetivo. 

¿Qué ocurre si el fallecido había vuelto a casarse?

Si tras la separación tu ex volvió a casarse o si antes de ti tuvo otro cónyuge, es decir, en el que caso de que haya varias personas que podrían tener derecho a la pensión de viudedad, todas tendrán que cumplir con los requisitos que expusimos más arriba y, si son aptas, se repartirán la pensión.

¿Cómo se reparte la pensión de viudedad si hay dos o más beneficiarios?

En el escenario de que haya varios beneficiarios de la pensión, se repartirá proporcionalmente según el tiempo de convivencia de cada uno con el causante. 

Beneficio del cónyuge actual

La pareja actual del fallecido recibirá al menos un 40% del importe de la pensión de viudedad, no importa si su relación tuvo menos duración en relación a las demás. Si alguno de los ex cónyuges muere, el beneficiario principal recibe la cuantía que el que murió dejará de recibir.  

Regla de convivencia

La cuantía que le corresponde a los excónyuges y pareja actual del causante se determina según el tiempo de convivencia. El cálculo comienza desde la primera convivencia del fallecido con una expareja hasta su muerte. 

Además,  el tiempo que no pasó con ninguno de los beneficiarios se le suma a la pareja actual, si existe. Si no la hay, se queda sin repartir. 

¿Qué cuantía tiene la pensión de viudedad?

¿Qué cuantía tiene la pensión de viudedad?

La ley establece que la cuantía por la pensión de viudedad es del 52% de la base reguladora del fallecido, pudiendo subir al 60% si el beneficiario tiene 65 años o más, no recibe ninguna pensión ni renta y si sus ingresos anuales son inferiores a los 7.707 euros. Además, el porcentaje podría subir al 70% si cumples con estos tres requisitos: 

  • Tienes responsabilidades familiares, como convivir con menores de 26 años o mayores de esa edad que tengan discapacidad de al menos un 33% y la división de los ingresos entre el total de los miembros no supera el 75% del SMI. 
  • La pensión es la principal fuente de ingresos de la unidad familiar. 
  • Los ingresos anuales no superan el límite para recibir el complemento de pensión mínima contributiva a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares.

Ten en cuenta que la cuantía podría aumentar en un 30% o 50% si la muerte del causante fue producto de una enfermedad profesional o accidente laboral porque no se garantizaron las medidas de seguridad e higiene necesarias. Asimismo, no olvides que la pensión de viudedad no puede ser mayor que  la pensión compensatoria y, si llegase a serlo, se reducirá  hasta igualarse con la cifra de  esta última. 

En conclusión, sí puedes recibir la pensión de viudedad aunque ya no estuvieras con el fallecido, pero tendrás que cumplir con unos requisitos de acuerdo a cuándo se dio la separación, cuánto tiempo pasasteis juntos y si el fallecido tenía o no pareja cuando murió. 

Si necesitas que te echemos una mano para saber cuánto te corresponde de la pensión de viudedad, escríbenos, te ayudaremos a simplificar el cálculo.

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