En una lamentable situación como el deceso de un familiar, quedan situaciones económicas a resolver. Una de ellas, es saber quién hereda el plan de pensiones del titular fallecido. Trataremos este tema en profundidad, para que sepas cómo actuar.
Cuando fallece el titular, ¿qué ocurre con el dinero del plan de pensiones?
Lo más común es pensar que un plan de pensiones es heredado por la familia más cercana al fallecido, como su cónyuge o hijos. Esto es cierto, ya que están habilitados por ley para reclamar los aportes.
Pero existe una importante salvedad, y se trata de que los planes de pensiones no se toman como un producto hereditario como tal, sino hasta determinadas circunstancias.
En realidad, es el titular quien debía definir qué persona o grupo de personas, recibiría el dinero ahorrado, cuando se hallaba en vida.
Es decir, el titular puede decidir a quién dejar sus aportes, con un testamento. Este beneficiario no siempre recae en alguien de su núcleo familiar cercano.
Incluso puede ocurrir un caso curioso: que el plan de pensiones tenga unos beneficiarios designados y el testamento, otros.
Si ocurre esta contradicción, lo que se hace para zanjar el problema es tomar el documento que tenga la fecha más reciente de elaboración. Por ejemplo, si el plan de pensiones se suscribió en el 2005, pero el testamento, en el 2015, se tomaría los que figuran en este último.
Ahora bien, en caso de que el fallecido nunca haya estipulado ningún tipo de sucesión en específica, la herencia sí quedará en manos de la familia o descendencia.
La tributación de los beneficiarios del plan de pensiones
Anteriormente, habíamos mencionado que el plan de pensiones no se toma como una herencia. Es por ello que no tributa bajo el concepto de Impuestos a las Sucesiones y Donaciones, sino bajo el Impuesto de Renta de Personas Físicas. Es importante estar claros sobre cómo tributa el rescate de un plan de pensiones.
Claro está que puedes ahorrar cientos de euros, si eres estratégico al rescatarlo. Para ello, debes decidir cuidadosamente cuál modalidad es la que más te conviene: en forma de renta, como capital o de una forma mixta.
Para obtener el mayor ahorro, lo más recomendable es rescatarlo en forma de rentas periódicas, que generalmente son mensuales. De esta manera, la base imponible para tributar no aumentará desmedidamente y los impuestos serán más bajos.
La forma de capital permite retirar todo el dinero de golpe, pero tiene la desventaja de que se elevará la cuantía por la cual se pagará el gravamen. A no ser que necesites toda suma de dinero posible, este método no es aconsejable para reducir la tributación, ya que se deben pagar las siguientes tarifas:
- 19% hasta los 12.540 euros rescatados.
- 24% hasta los 20.200 euros rescatados.
- 30% hasta los 35.200 euros rescatados.
- 37% hasta los 60.000 euros rescatados.
- 45% hasta los 300.000 euros rescatados.
- 47% para todos los rescates superiores a 300.000 euros.
Por último, existe el rescate mixto, donde se puede cobrar una parte sustancial y el resto, en rentas mensuales, trimestrales, o semestrales. Aquí se debe ser muy estratégico para lograr que no se eleve mucho la tarifa de impuestos.
Existe una cuarta forma de rescatar el dinero, conocida como la pensión vitalicia. Pero esto dependerá del total de primas realizadas y de las características propias del plan de pensiones.
Cómo efectuar el cobro de un plan de pensiones heredado
Si se trata de una persona física, el cobro se realiza presentando la documentación reglamentaria, como lo es el DNI, el testamento y certificado de defunción. La lista completa la encontrarás en el siguiente punto.
Si se trata de una persona jurídica, se pedirá documentación relacionada a la actividad empresarial, pero la tributación no se realizaría bajo el IRPF, sino como un ingreso contable empresarial, en el marco anual.
Todas estas documentaciones deben presentarse ante la aseguradora, quien debe evaluar la veracidad de los documentos.
¿Qué documentos se requieren para heredar un plan de pensiones?
Los documentos necesarios para reclamar el plan de pensiones por fallecimiento del titular, son:
- El certificado de defunción del titular que adquirió el plan.
- Las fotocopias de los DNI tanto del fallecido, como del beneficiario o heredero.
- El testamento, o su equivalente, donde se especifica el heredero (o los herederos, en caso de ser varios).
- Una solicitud para recibir el beneficio de herencia.
En caso de que exista más de un heredero, cada uno de los implicados deberá presentar su solicitud ante la aseguradora, para que su caso sea evaluado, de acuerdo a los documentos legales.
¿Cuándo se puede rescatar un plan de pensiones heredado?
El plan de pensiones se puede cobrar una vez se realice toda la revisión de documentación legal requerida para ello. Para el caso de herencia, debe ser cuando el titular haya fallecido y se presenten los herederos legales.
Pero, como se estipula en muchas pólizas, este plan no tiene que ser necesariamente cobrado justo después del fallecimiento. De hecho, se puede mantener y seguir aportando cuotas, para que sea más robusto en el futuro.
Recapitulando todo lo anterior, los planes de pensiones pueden ser reclamados por los herederos estipulados en el testamento. De no haberlos, son los descendientes quienes están llamados a hacerlo. Y si se desea un rendimiento mayor, ¡no hay por qué reclamarlo! Se puede seguir incrementando con cuotas mensuales.
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