Cuando se obtienen seguros personales o para la familia, es muy común preguntarse si se tendrá que pagar impuestos por los capitales percibidos cuando se rescaten. Por ejemplo, ¿te has preguntado cómo tributan los seguros de decesos? Aquí te lo contaremos en detalle.
Recordemos que un seguro de deceso es un instrumento que puede usarse para pagar los pasivos que haya dejado el fallecido, especialmente los gastos de su funeral.
Entre esos pasivos, que pueden ser deudas, también se encuentra el propio deceso, ya que un fallecimiento trae consigo costes como el féretro, los gastos legales y notariales, además de múltiples trámites.
Al cubrir costes como la incineración o la inhumación, así como todo lo relacionado a los trámites de las sucesiones, el seguro de decesos evita que se gaste parte de la herencia en estas actividades.
Dónde se regula el seguro de decesos
Los seguros de decesos están regulados bajo la lupa de los Impuestos de Sucesiones y Donaciones, ISD, y no se toman como un ingreso que aumente la declaración de renta.
En el ISD, los capitales heredables no tienen una tarifa fija, sino que a mayor cantidad, mayor será el gravamen a pagar.
Cada Comunidad Autónoma tiene unos beneficios que aplican según sea el caso, pero, en general, las tarifas a pagar oscilan entre el 7,65% y el 34% del total del capital a heredar.
Seguro de decesos en el IRPF
Te tenemos una excelente noticia: ¡el seguro de decesos no tributa en la declaración de renta! Es decir, no se va a sumar como un ingreso o rendimiento anual.
La mala noticia es que tampoco se puede incluir como un monto para lograr deducciones en la base imponible, por lo que no son desgravables.
Pero si el seguro se usa por el fallecimiento del titular, por ejemplo y sobra un dinero después de los actos fúnebres, este dinero puede ser devuelto a los herederos. En este caso, este capital debe pagar un impuesto, pero no sobre el IRPF, sino sobre el Impuesto de Donaciones y Sucesiones.
¿Qué ocurre si fallece el tomador de un seguro de decesos?
El seguro de decesos se hace efectivo, justamente, cuando fallece el titular o tomador de éste. Su objetivo es cubrir todos los gastos que conlleva su sepelio.
Tales gastos pueden incluir el tanatorio, la inhumación, la sepultura, los arreglos de la ocasión y los trámites administrativos de herencias o bajas en los libros de familia.
Algunas leyes, como la 50 de 1980, estipulan que el dinero que no se gaste en estos oficios, puede ser devuelto a la familia o a los herederos legales. Si el fallecido dispuso otro beneficiario estando en vida, el dinero no consumido le será devuelto a este.
Beneficio del seguro de decesos en la gestión de la herencia
Contar con un seguro de decesos agiliza muchos procedimientos para los herederos, especialmente cuando se trata de los temas de herencia o testamentos.
¿Qué tipo de trámites pueden agilizarse? Son varios. Cuando una persona fallece, son muchas las cuestiones administrativas que deben saldarse, como, por ejemplo, la actualización en el Registro Civil, los libros de familia y, por supuesto, esclarecer todo lo relacionado a su patrimonio.
El primer trámite, y que da pie a todos los demás, es el de gestionar el certificado de defunción, cosa que con el seguro de decesos se logra muy fácilmente, al ser la aseguradora quien se encargue de ello.
Una vez hecho lo anterior, se revisa si existe algún tipo de testamento que exprese las voluntades del fallecido. El equipo jurídico de la aseguradora puede intermediar también en caso de que se necesite conciliación en temas de herencia y sucesiones.
El trámite más importante es quizá el de la herencia. En esto, el seguro de decesos tiene un papel protagónico, ya que algunos servicios de las pólizas pueden contener el de asesoría en estos temas.
Capital no consumido en las pólizas de decesos
Una vez se han realizado los oficios de sepelio, puede quedar un restante abonado a la póliza, que no fue consumido. Esto sucede a veces cuando se renuncia a algún tipo de servicio estipulado para los actos fúnebres, como el uso del tanatorio.
Para efectos legales, se ha estipulado que el dinero o capital no consumido en la póliza, le sea devuelto a la familia o a los herederos legales.
En conclusión, los seguros de decesos no se catalogan dentro del IRPF, pero sí deben pagar un gravamen en el ISD, si se devuelve parte del capital no usado. Este producto es indispensable, ya que, de no tenerse, se deben asumir costos importantes a la hora de atender un sepelio.
¿Te gustaría saber cuáles son los mejores seguros de decesos? Ya los hemos investigado por ti. Si tienes inquietudes con este tema, no dudes en comunicarte con nosotros.