Cuando llega el momento de la Declaración de la Renta una duda común que se genera es qué se puede deducir en este proceso para cuidar el bolsillo y aprovechar ciertos beneficios. Por eso en este artículo te contaremos si es posible desgravar la hipoteca.
Además te expondremos qué se requiere, qué otros gastos de la hipoteca son desgravables y en qué casilla de la declaración de renta se deducen.
Requisitos para poder desgravar la hipoteca
Desgravar la hipoteca sí es posible, dentro del apartado de deducción por inversión en vivienda habitual, pero se debe cumplir con una serie de requisitos:
- La hipoteca es desgravable sólo para los contribuyentes que adquirieron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y que hayan practicado la deducción por inversión en vivienda habitual con anterioridad a esa fecha.
- La deducción no aplica para segundas viviendas, solo es para la primera. Es decir que si tienes varios apartamentos solo podrás desgravar uno de ellos y tendrá que ser el habitual, entendido como la residencia que es ‘‘habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras’’, según la definición de la Agencia Tributaria.
¿Se puede desgravar la hipoteca si se ha modificado?
Si has modificado las condiciones de tu hipoteca aún puedes desgravarla en tu declaración de Renta, pero si amplías el capital, sólo podrás aplicar este procedimiento a lo que pagues para devolver el importe original del préstamo hipotecario.
¿Cuánto desgrava la hipoteca en la Renta?
La hipoteca puede desgravarse hasta un 15% de lo que se haya pagado por ella en el ejercicio anterior, siendo 9.040 euros la cantidad máxima por deducir. Ese porcentaje depende en un 7,5 % del tramo autonómico y otro 7,5 % del tramo estatal.
En el caso de que la hipoteca tenga dos titulares y hagan la declaración de renta por separado, la deducción máxima es de 18.080 euros.
Cabe mencionar que País Vasco y Navarra tienen un régimen foral distinto a los que aplican en el resto de España. En el primer caso no hay fecha límite para la deducción por la adquisición de la vivienda habitual, con una deducción del 18 % en las tres provincias.
Con respecto a Navarra, la deducción se aplica a la hipoteca adquirida antes del 1 de enero del 2018 y puede conseguirse una desgravación de hasta el 15%, siendo la base máxima de 7.000 euros.
Además, en Cataluña hay un régimen especial del 9% para residentes que adquirieron su vivienda habitual antes del 30 de julio de 2011 y cumplen con requisitos como tener 32 años o menos, tener alguna discapacidad, haber estado en paro durante 183 días o más o formar parte de una unidad familiar que tenga al menos un hijo.
¿Qué gastos de la hipoteca se pueden desgravar?
Además de las cuotas satisfechas durante el ejercicio, también es desgravable la comisión de apertura de la hipoteca (en caso de que el banco te la cobre), el precio de los seguros vinculados a esta y los gastos de la constitución del crédito, o sea, la tasación y los honorarios notariales y de gestoría, así como los de la escrituración de la compraventa.
Adicionalmente, es desgravable lo pagado por la modificación del crédito si se cambió alguna condición a través de una novación o una subrogación, así como los gastos de cancelación para la liquidación de la hipoteca.
¿En qué casilla de la declaración de la Renta se desgrava la hipoteca?
En la casilla 547 está el tramo estatal de la deducción y la sumatoria de los importes de las casillas 0699, 0700, 0702 y 0704.
Además, el tramo autonómico está en la casilla 548, así como el resultado de sumar los importes de las casillas 0699, 0701, 0703 y 0705.
Cabe mencionar que las comunidades autónomas aplican deducciones por situaciones o poblaciones particulares, así que aquí te dejamos las casillas que les corresponden a estas:
- Andalucía: 582.
- Aragón: 871 y 874.
- Asturias: 884, 885 y 886.
- Canarias: 926.
- Castilla y León: 971 y 978.
- Cataluña: 1006.
- Extremadura: 1010.
- Murcia: 1052.
- La Rioja: 1065, 1068 y 1081.
- Comunidad Valenciana: 1092 y 1093.
En síntesis, la hipoteca es desgravable en tu declaración de la Renta, lo que te ayudará a ahorrar dinero y usarlo en otros gastos o inversiones que tengas en mente.
Recuerda que este beneficio solo es aplicable a tu vivienda habitual y que hay diferentes gastos relacionados con tu hipoteca que también son desgravables, porcentaje que puede variar según la comunidad autónoma en la que se encuentre tu residencia.
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