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¿Se suman las pensiones de viudedad y jubilación?

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¿Es posible cobrar a la vez una pensión de viudedad y otra de jubilación? ¿Cuáles son los requisitos y condiciones? ¿Existen exclusiones? ¡Entra ahora!

Algunas de las dudas más frecuentes entre los viudos y viudas en España se relacionan con las pensiones, tanto la que recibirían por su pareja fallecida, como por la que percibirían si son o fueron trabajadores, y si es posible reclamar ambas. Por ello, te responderemos si se suman las pensiones de viudedad y jubilación. 

Compatibilidad entre las pensiones de viudedad y jubilación 

La Seguridad Social establece que la pensión de viudedad  es compatible con cualquier renta de trabajo, o sea que puedes reclamar sin problema tanto la primera como la segunda al mismo tiempo, siempre y cuando cumplas con los requisitos y se respete el límite a cobrar. 

Condiciones para cobrar pensión de jubilación 

Para cobrar una pensión de jubilación tienes que haber cotizado un mínimo de 15 años, de los que al menos dos de ellos deben corresponder a los 15 años anteriores a la solicitud de la jubilación, así como debes estar de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada. 

En cuanto a la edad, es necesario cumplir con la mínima dispuesta por la Seguridad Social en su régimen general o régimen especial, de acuerdo con tu caso. Por ejemplo, para una jubilación ordinaria, debes tener 67 años o 65 años si acreditas 38 años y seis meses de cotización. 

Condiciones para cobrar pensión de viudedad 

Si vas a cobrar la pensión de viudedad, el causante de la pensión deberá haber cotizado 500 días en un periodo ininterrumpido dentro de los cinco años anteriores a su fallecimiento o a la fecha que terminó la obligación de cotización.

Ten en cuenta que los requisitos para ti son otros, de acuerdo con la relación que tenías con el fallecido. Si estaban casados, si la muerte fue por una enfermedad común anterior a su matrimonio, deberás demostrar que tenían hijos en común o que celebraron su unión un año antes del deceso, o que convivieron dos años antes de este.

Si se trata de una pareja de hecho, deberás acreditar su relación a partir del registro ante su comunidad autónoma, hecho al menos dos años antes del fallecimiento, o la convivencia por cinco años o existencia de hijos en común. 

En caso de que ya te hayas divorciado deberás comprobar que percibes una pensión compensatoria o de manutención; y, también tienes derecho a esta si fuiste víctima de violencia de género al momento de su separación. 

Requisitos de compatibilidad entre ambas pensiones

Para compatibilizar, la pensión de viudedad y la jubilación se deben cumplir con los requisitos de cada una de ellas. O sea que debes haber cotizado mínimamente 15 años para jubilarte (dos de ellos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante).

Además, el causante de la pensión de viudedad tendrá que haber cotizado mínimamente 15 años y estás obligado a comprobar que su relación fue, al menos, de un año y que tenían hijos en común.

¿En qué casos no se pueden compatibilizar la pensión de viudedad y la de jubilación? 

No en todos los casos es posible compatibilizar estas pensiones; por ejemplo, ambas prestaciones no pueden ser percibidas en el régimen especial de la minería de carbón si su cuantía supera cierto límite, ni son compatibles las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) con beneficios reconocidos en otro tipo de regímenes. 

En el mismo sentido, puede llegar a no compatibilizarse si te casas nuevamente o formas otra pareja de hecho, lo que abordaremos más abajo. 

¿Cuál es la cuantía máxima entre ambas pensiones?

¿Cuál es la cuantía máxima entre ambas pensiones?

Para el 2023, se dictaminó que una persona no puede cobrar más de 3.059 euros mensuales o 42.829 euros anuales de pensiones públicas (en las que se incluyen la de viudedad y jubilación), cobrando una o varias al mismo tiempo. Si el límite es superado, se minorará el importe de una de ellas hasta llegar a lo permitido.

Si vuelvo a casarme, ¿pierdo la pensión de viudedad?

Si vuelves a casarte o a tener otra pareja de hecho perderás el derecho de reclamar la pensión de viudedad, a menos que tengas más de 61 años, tengas una discapacidad superior al 65 % o tu fuente principal de ingresos (75 %) es esta prestación, ya que tu nuevo compañero tampoco cuenta con recursos. 

Documentos necesarios para solicitar la pensión de viudedad

Para reclamar la pensión de viudedad teniendo ya una de jubilación tienes que proporcionar cierta documentación:  

  • Presentar tu DNI, o tu pasaporte o documento de identidad extranjero y el NIE si no eres español. 
  • Presentar el certificado de defunción del cónyuge.
  • Acreditar el matrimonio con el Libro de Familia o acta del Registro Civil. 
  • Las parejas de hecho deben presentar el registro en la comunidad autónoma o documento público certificado, certificado de empadronamiento y actas que comprueben que ninguno de los dos estaba casado o tenía otra pareja de hecho. 
  • Si la pareja ya estaba separada, presentar la sentencia judicial del divorcio, y acreditar que no se tiene nueva pareja de hecho o que no se contrajo matrimonio nuevamente. 

Para finalizar, recuerda que es posible reclamar la pensión de viudedad y la de jubilación porque la primera es compatible con las rentas de trabajo. Para hacerlo tendrás que cumplir con los requisitos de cada una de ellas y percibir menos de la cuantía máxima permitida por la Ley. Si requieres más información acerca de pensiones, escríbenos

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