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Seguros de vida fuera de la masa hereditaria

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¿Los seguros de vida están dentro o fuera de la herencia? En este post encontrarás la respuesta y la mejor forma de proteger a los tuyos el día de mañana.

Los seguros de vida son contratados para garantizar la estabilidad económica de la familia en casos como invalidez permanente o, en la peor de las situaciones, en caso del fallecimiento de uno de los integrantes del núcleo familiar.  Pero,al  contrario de lo que se cree, muchos de estos seguros están fuera de la masa hereditaria.

¿Qué es la masa hereditaria?

La masa hereditaria es  el patrimonio total de la herencia de una persona e incluye todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por su fallecimiento. Así se especifica en el Artículo 659 del Código Civil de España.

¿Los seguros de vida forman parte de la herencia?

No, los seguros de vida no forman parte de la herencia. Esto ocurre  porque el seguro no forma parte del patrimonio de la persona fallecida, puesto que su adquisición se genera por vías contractuales, es decir, por medio de un contrato entre la persona que muere y una entidad, mientras, la herencia se da por vía de sucesión.

Así, aunque tanto el seguro de vida como la herencia se hagan válidos después de que la persona fallece, el seguro no debe formar parte de la herencia.

Otra cuestión a resaltar es que en el seguro de vida el tomador, la persona que paga por el seguro, designa a alguien como beneficiario, mientras que en la herencia se habla de sucesores o herederos.

¿Se puede cobrar un seguro de vida sin aceptar la herencia?

La respuesta es sí, porque la persona que cobra el seguro de vida no está recibiendo parte de la herencia, ya que este no forma parte de los bienes, derechos u obligaciones de la persona fallecida.

¿Quién hereda el seguro de vida?

En este punto te hablaremos de dos escenarios que pueden ser posibles. El primero de ellos se presenta cuando una persona, que no necesariamente debe tener un vínculo sanguíneo con el tomador del seguro, es el beneficiario del seguro de vida.

Recordemos que el beneficiario es quien recibe el dinero del capital del seguro de vida y no tiene que ser quien haya pagado el seguro. Aquí también es importante decir que cuando el tomador nombra a personas externas a su familia como beneficiarias, los herederos quedan impedidos para reclamar la cuantía de la póliza del seguro de vida. 

El segundo escenario se da cuando el capital ahorrado en el seguro de vida no tiene un beneficiario designado con anterioridad al fallecimiento del tomador, en este caso el capital del seguro pasa a formar parte de la masa hereditaria tal y como se explica en el artículo 85 de la Ley de Contrato Seguro.

Beneficiarios del seguro vs. herederos del seguro

Como te habíamos adelantado el beneficiario del seguro puede ser una persona que tenga un vínculo familiar con el tomador, aunque también puede ser una persona ajena. Todo esto debe quedar muy claro en el contrato que el tomador  suscribe con la entidad.  

El heredero legal, que incluye cónyuge y descendientes, es quien va a recibir el patrimonio que hace parte de la herencia de la persona fallecida. Se podrá ser heredero del seguro sólo si el tomador no dejó designado beneficiario de la póliza. 

¿Cómo tributan los seguros en vida en caso de fallecimiento?

Los seguros de vida en caso de fallecimiento tributan a través  del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) donde se establece el gravamen de bienes lucrativos y derechos que llegan a los individuos sin tener que hacer un pago a cambio.

Existen cuatro claves importantes que debes tener presentes sobre la tributación de los seguros de vida:

  • Las entidades financieras que ofrecen los seguros de vida no permiten el cobro de la póliza del seguro sin que el beneficiario haya pagado primero el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • El plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de máximo 6 meses, pero el beneficiario puede solicitar una prórroga.
  • Para pagar el impuesto debes dirigirte a la Agencia Tributaria donde te solicitarán rellenar una información en un formulario.
  • El valor del impuesto será determinado por la Comunidad Autónoma en la que haya residido la persona fallecida  durante los últimos  5 años justo antes de morir. 

¿Qué ocurre si el asegurado no designa herederos?

Si el asegurado no designa herederos ni de forma genérica, donde no se definen nombres sino el parentesco que las personas tienen con la persona titular (como hijos o esposa), ni de forma explícita, donde se dan todos los datos del heredero, el capital de la póliza pasa a formar parte del patrimonio de la persona fallecida.

¿Cómo saber si un fallecido tenía seguros de vida? 

Si necesitas saber si una persona que acaba de fallecer tenía seguro de vida debes solicitar el Certificado del contrato de seguro por fallecimiento que es un documento donde podrás encontrar los contratos válidos con los que contaba quien acaba de morir. El certificado es emitido por el Ministerio de Justicia en España a través del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento

En resumidas cuentas, el seguro de vida queda fuera de la masa hereditaria siempre y cuando tenga un beneficiario definido por la persona que fallece, de lo contrario esto puede variar.

¿Tienes dudas sobre los seguros de vida y si se deben incluir o no en la masa hereditaria? Nosotros podemos brindarte con gusto información al respecto, sólo basta que nos envíes un mensaje ¡Contáctanos!

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