La Ley de Segunda Oportunidad representa un gran alivio para muchos deudores que no tienen las posibilidades de pagar sus deudas, pero acogerse también tiene sus condiciones. Aquí te contamos cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Autónomo o particular
Si eres autónomo o persona particular puedes solicitar la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad siempre y cuando cumplas con los requisitos legales para acceder a ella, y por supuesto, no tengas deudas no exonerables.
Dentro de las deudas no exonerables están las derivadas de la pensión de alimentos, las deudas de origen ilícito penal, las adquiridas por responsabilidad extracontractual, y las conseguidas al solicitar nuevos planes de pago.
Además, los autónomos y particulares interesados en acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad tendrán que actuar regidos por el principio de buena fe.
Insolvencia vs sobreendeudamiento
Para poder acceder a la Ley de Segunda Oportunidad el deudor debe demostrar que es insolvente. La insolvencia es el estado de una persona natural o jurídica en la que se le hace imposible pagar las deudas que ha contraído con los ingresos y bienes que posee.
Por su parte, el sobreendeudamiento es cuando los ingresos que una persona tiene no son suficientes para hacerle frente a las deudas con las que cuenta.
Importe de la deuda
Actualmente, la deuda de la persona interesada en acogerse a la Ley no podía superar los cinco millones de euros. Te contamos más en los siguientes apartados.
Buena fe
Haber actuado de buena fe es otro de los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, lo que se traduce en que, antes de pedir la intervención de la ley, debiste haber tratado de pagar tus deudas en los plazos estipulados, haciendo uso de todas las posibilidades que tenías para cancelar las cuentas pendientes.
Ten presente que actuar de buena fe también implica no ocultar los bienes, o el dinero que tienes, para engañar a tus acreedores y que estos den por pérdida la cuantía de la deuda.
Tiempo desde la última exoneración
Para aplicar a la Ley de Segunda Oportunidad es necesario que hayan pasado al menos 5 años desde la última vez que te acogiste a la ley o a la exoneración del pasivo insatisfecho.
La exoneración del pasivo insatisfecho también permite al deudor que la deuda sea declarada como extinta en parte o en su totalidad, pero también se deben cumplir con una lista de requerimientos.
Número de acreedores
El número de acreedores necesarios para pedir la Ley de Segunda Oportunidad debe ser de más de uno, mínimamente dos. Dentro de las deudas que tengas es importante estar al corriente con el pago, lo que está ligado con la demostración de la actuación de buena fe.
Algunos ejemplos de deudas adquiridas con acreedores diferentes pueden ser: deudas con un banco, o una entidad financiera, deudas con Hacienda o Seguridad Social u otras, o deudas derivadas de préstamos personales, entre otros, la lista es extensa.
Antecedentes penales
Para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad el deudor no podrá haber sido condenado en por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, o la falsedad de documentos en los diez años previos a la solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad, así lo establece el real decreto Real Decreto-ley 1/2015, del 27 de febrero.
Requisitos que desaparecieron con la reforma de la ley
La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigencia en el año 2015, por eso, es coherente que se le hayan hecho modificaciones siete años después.
En 2022, mediante el Real Decreto 16 de 2022 se hricieron algunas reformas ligadas con el importe máximo de la deuda, el rechazo de trabajo y el plazo desde la última exoneración.
Importe máximo de deuda
El importe máximo a exonerar de la deuda con entidades públicas como Haciendo o Seguridad Social se estableció en 10.000€ con cada una respectivamente. Y en total, como mencionamos anteriormente, no puede sobrepasar los 5 millones de euros.
Rechazo de trabajo
En los requisitos de 2015 de la Ley de Segunda Oportunidad se impedía el rechazo de una oferta de trabajo por parte del deudor en los últimos cuatro años antes de la solicitud, pero este requerimiento fue eliminado gracias a las reformas.
10 años sin antecedentes de delitos
Uno de los requisitos era no haber cometido delitos socioeconómicos o no haber falsificado un documento en los últimos diez años, pero con las modificaciones puedes solicitar la Ley de Segunda Oportunidad aunque se te haya condenado por alguno de estos delitos, siempre y cuando la condena haya sido menor a los 3 años.
¿Cómo funciona la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad funciona de dos maneras. La primera es la exoneración con liquidación del patrimonio (si se tiene), que se basa en la cancelación de las deudas que no puede pagar el deudor a cambio de la liquidación parcial del patrimonio de la persona que solicita acogerse a la ley.
La segunda alternativa es la exoneración parcial con modelo de plan de pagos, que facilita la protección de la vivienda habitual del deudor, así como de algunos bienes necesarios para desempeñar su trabajo a cambio del pago de las deudas en plazos de 3 y 5 años.
En síntesis, la nueva modificación de la Ley de Segunda Oportunidad facilita la cancelación de la deuda para las personas físicas e incluye y regulariza elementos importantes como la deuda pública y la protección de la vivienda habitual del deudor, entre otros.
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